
De qué trata este tema
En este nuevo episodio de nuestro curso de Derecho Romano, analizamos a fondo una de las instituciones contractuales más importantes: la compraventa (emptio venditio). Mucho más que un simple intercambio de bienes por dinero, la compraventa en Roma supuso un gran avance jurídico en cuanto a la protección de los contratantes, la regulación de las obligaciones y el reparto de riesgos.
¿Qué vas a aprender en este vídeo?
Desde sus orígenes en la permuta hasta su consolidación como contrato consensual bilateral de buena fe, este capítulo profundiza en los elementos esenciales de la compraventa, las obligaciones del vendedor y del comprador, los riesgos de pérdida de la cosa (periculum est emptoris), la evicción, los vicios ocultos y los pactos adicionales que podían enriquecer este contrato.
Contenido desarrollado del capítulo:
1. 📜 Origen histórico:
La compraventa surge de la evolución de la permuta, en la que no existía precio ni moneda. Con la introducción del numerario público, se configuró la venta como un contrato basado en el consentimiento y en el intercambio de cosa por precio.
2. 🧱 Elementos esenciales:
3. 🤝 Obligaciones de las partes:
4. ⚖️ Periculum est emptoris:
Si la cosa se pierde por caso fortuito o fuerza mayor entre el consentimiento y la entrega, el comprador asume el riesgo y sigue obligado a pagar.
5. ⚔️ Evicción:
Cuando el comprador pierde la cosa por una reclamación del verdadero dueño, el vendedor debe indemnizar. Esta garantía implicaba la litem denuntiare (notificación al vendedor) y la compensación plena por el interés del comprador.
6. 🔎 Vicios ocultos y acciones edilicias:
Se protegía al comprador frente a defectos no aparentes y preexistentes:
7. 📑 Pactos añadidos:
La compraventa admitía pactos adicionales como:
- Consensualidad: Se perfecciona solo con el acuerdo de voluntades.
- La cosa (merx): Puede ser corporal, incorporal, ajena o incluso futura.
- El precio (pretium): Debe consistir en dinero cierto y verdadero. Se introdujo la figura de la laesio enormis para evitar ventas por precios injustamente bajos.
- El vendedor debe entregar la cosa, garantizar su posesión pacífica y responder por evicción y vicios ocultos.
- El comprador debe pagar el precio, y puede ejercer acciones de buena fe como la actio empti.
- Actio redhibitoria: para anular la venta.
- Actio quanti minoris: para reducir el precio proporcionalmente.
- Actio empti: para reclamar daños y perjuicios si el vendedor conocía el vicio.
- Pacto de retroventa (pactum de retroemendo).
- Lex commissoria para resolver el contrato si no se pagaba el precio.
Este capítulo ofrece una visión completa de la compraventa romana, cuyas huellas están aún presentes en nuestro Derecho moderno. Ideal para estudiantes de Derecho, UNED, opositores de judicatura, notaría, registros y amantes del Derecho clásico.
Material de apoyo para estudiar Derecho Romano en el Grado en Derecho de la UNED. No sustituye al manual de la asignatura.